Se trata de dos proyectos de decreto sobre la aplicación de la ley N°98.15 relativa al régimen del AMO y de la ley N°99.15 relativa al establecimiento de un régimen de pensiones para las categorías de profesionales, autónomos y personas no asalariadas que ejercen una actividad liberal, precisó el portavoz del Gobierno, Saaid Amzazi, en una comunicado leído durante una rueda de prensa al término del Consejo.
El primer proyecto de decreto N°2.21.368, dedicado al modo de aplicación de las dos leyes mencionadas para la categoría de copistas, designa a la asociación del "Sindicato Nacional de Transcriptores Judiciales" como organismo de enlace encargado de comunicar a la Caja Nacional de la Seguridad Social (CNSS) la información necesaria para la inscripción de los copistas y de fijar los ingresos a tanto alzado de esta categoría, explicó.
El segundo proyecto de decreto N°2.21.369, sobre el modo de aplicación de dichas leyes para la categoría de traductores jurados ante los tribunales, designa a "la asociación de traductores jurados ante los tribunales" como organismo de enlace con la CNSS para intercambiar la información necesaria y acordar los ingresos a tanto alzado de esta categoría, concluyó Amzazi.