Durante su reciente presentación del proyecto ante los miembros de la comisión, el ministro de Economía, Finanzas y Reforma de la Administración, Mohamed Benchaaboun, subrayó que este texto se enmarca en la aplicación de las prerrogativas conferidas por la constitución a esta institución y en aplicación de las directivas reales que insistieron en la importancia concedida a la moralización de la vida pública y a la promoción de la probidad y la lucha contra todas las formas de corrupción.
También responde a las aspiraciones de los ciudadanos de beneficiarse de los servicios públicos de acuerdo con las exigencias de transparencia, integridad y calidad, y consagra las condiciones de equidad y eficiencia para lograr un desarrollo sostenible e integrado, para garantizar la dignidad de las generaciones actuales y futuras, agregó.
Asimismo, el ministro se refirió a las disposiciones jurídicas y a las políticas de lucha contra la corrupción, recordando la creación de la Instancia Central de Prevención de la Corrupción (ICPC), ante el Primer Ministro (actualmente jefe de Gobierno), en virtud del Decreto Nº 2.05. 1228 de 23 Safar 1428 (13 de marzo de 2007), cuyas funciones consisten en coordinar, supervisar y seguir la aplicación de las políticas de prevención de la corrupción, recoger y difundir las información en este ámbito y crear la Instancia Nacional de Probidad, Prevención y Lucha contra la Corrupción en virtud del artículo 36 de la Constitución.