Las decisiones del Tribunal Supremo español se refieren principalmente a la decisión de prohibir el uso, ya sea ocasional o permanente, de banderas "no oficiales" o cualquier expresión política dentro o fuera de los edificios públicos, así como la sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal que denegó la nacionalidad española a un ciudadano nacido en 1973 en las provincias del sur de Marruecos, tras el recurso presentado por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública contra una sentencia del Tribunal Regional de las Islas Baleares de conceder la nacionalidad a dicho ciudadano sobre la base del artículo 17. 1 del Código Civil.
El presidente de la Amical Hassania de Magistrados, Abdelhak Ayassi, subrayó, durante este coloquio celebrado por videoconferencia bajo el título "la integridad territorial del Reino a través de la diplomacia paralela: Lectura en las recientes orientaciones del Tribunal Supremo español", que este encuentro forma parte de las iniciativas organizadas por la Amical para movilizar apoyos y hacer frente a las propuestas incongruentes de los enemigos de la integridad territorial del Reino.
A este respecto, mencionó la séptima reunión marroquí-española entre el Tribunal de Casación del Reino de Marruecos y el Tribunal Supremo del Reino de España, celebrada el pasado mes de febrero en Marrakech, y a la que asistieron, en particular, el presidente delegado del CSPJ y primer presidente del Tribunal de Casación, Mustapha Fares, y el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y presidente del Tribunal Supremo de España, Carlos Lesmes Serrano.
Por su parte, Hassan Fetoukh, consejero y presidente de la oficina de la Amical Hassania de Magistrados del Tribunal de Casación, subrayó que la decisión del Tribunal Supremo español de impedir el uso ocasional o permanente de las banderas "no oficiales", en particular la pretendida bandera de la república títere, es de suma importancia, dado que las decisiones de esta institución son inapelables, ya que su impacto se extiende a las organizaciones regionales y europeas.
Esta decisión constituye una "fuerte bofetada" a la ficticia república saharaui, "niega la legitimidad ficticia" de esta entidad y desmonta las tesis separatistas que se divulgan en suelo español, afirmó Fetoukh, destacando que el Tribunal Europeo había adoptado la misma orientación en 2018 rechazando el recurso presentado por el polisario contra el acuerdo de pesca marítima con Marruecos, sentenciando que esa entidad carece de estatuto jurídico.
Por su parte, Hilal Tarkou Lahlimi, presidente de la Asociación de Abogados de Origen Marroquí en España, calificó las recientes decisiones del Tribunal Supremo español de "golpe de gracia" para los separatistas que explotan todos los medios para beneficiarse en detrimento de los marroquíes detenidos en los campamentos de Tinduf, en el sur de Argelia.
Tarkou, también presidente de la Asociación de la Red de Abogados Marroquíes y de Origen Marroquí que ejercen en el Extranjero, indicó que la decisión de prohibir el uso ocasional o permanente de banderas "no oficiales" o cualquier otra expresión política dentro o fuera de los edificios públicos en suelo español es el "punto final" de esta explotación por parte de la entidad ficticia del Polisario, que será abofeteada más veces en el futuro.
En cuanto a Ibrahim Sadouq, presidente de la Instancia Nacional de Justicia, destacó en su intervención, que las recientes decisiones del Tribunal Supremo español son "uno de los frutos de la comunicación" adoptada por la diplomacia marroquí, en particular la judicial, en el marco de la presentación y defensa de la causa de la integridad territorial del Reino.
Esas decisiones constituyen "una negación jurídica categórica" de cualquier estatuto jurídico de una entidad ficticia llamada "polisario" y forman parte de las derrotas que sigue encajando, como la decisión del Tribunal Europeo de rechazar la apelación presentada por el "polisario" contra el acuerdo de pesca con el Reino, sostuvo.