La AEVM publicó el 3 de junio de 2020 una opinión actualizada sobre la transparencia post-negociación en el marco de la Directiva europea MiFIDII y la Regulación europea MiFIR, a la que se anexa una lista de 136 mercados, de 25 países, que han obtenido calificaciones "positivas" o "parcialmente positivas", indica la AEVM en un comunicado publicado este martes.
De hecho, el mercado de valores de Marruecos es uno de los dos únicos mercados bursátiles de África que figuran en una lista de 136 mercados, de 25 países, que han obtenido calificaciones "positivas" o "parcialmente positivas", precisa la Autoridad.
"Esta evaluación ha permitido al mercado de valores de Marruecos figurar en la lista de mercados de paises fuera de la Unión Europea que cumplen con los requisitos de transparencia post-negociación del marco reglamentario MiFIDII / MiFIR", se felicita la AMMC.
Así, las empresas de inversión europeas podrán realizar transacciones en la Bolsa de Casablanca "sin estar obligadas a garantizar su transparencia post-negociación" mediante un APA (Approved Publication Arrangement), explica la misma fuente.
Un APA o "Dispositivo de publicación autorizado" es una persona autorizada, en virtud de las disposiciones de la MiFIDII, a prestar un servicio de publicación de informes de negociación por cuenta de empresas de inversión.
Esta evaluación es el resultado de una cooperación fructífera entre los diferentes mercados de valores evaluados, sus autoridades reguladoras, así como las autoridades competentes de la Unión Europea y la AEVM, recuerda la AMMC.
Esta evaluación se basa en varios elementos a saber: la existencia de un marco legislativo y reglamentario completo que rige la post-negociación, la existencia de normas no discrecionales que rigen las negociaciones en el mercado y garantizan una buena liquidación de las transacciones, la existencia de un marco reglamentario completo y una supervisión por una autoridad del mercado independiente, la firma por parte de la autoridad reguladora del mercado del protocolo acuerdo multilateral de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV) relativo a la consulta, la cooperación y el intercambio de información y la existencia de transparencia en el mercado, garantizada por la publicación de información sobre las transacciones realizadas.