Este proyecto de decreto, presentado por el ministro delegado encargado de la Administración de la Defensa Nacional, reemplazando al ministro de Economía, Finanzas y Reforma de la Administración, tiene por objeto aplicar las disposiciones de los artículos 10-5, 36-1, 248 y 248-1 de la Ley Nº 17-99 sobre el Código de Seguros promulgada por el Dahir Nº 1-19-110 de 9 de agosto de 2019, indica un comunicado leído por el ministro de Educación Nacional, Formación Profesional, Enseñanza Superior e Investigación Científica, portavoz del Gobierno, Saaid Amzazi en una rueda de prensa al final del Consejo.
El proyecto de decreto permite a la autoridad financiera del Gobierno determinar ciertas disposiciones relativas al seguro "Takaful", especialmente los criterios para determinar los costos de gestión de las cuentas del fondo de seguro "Takaful", sus métodos de pago a las empresas de seguros y reseguros "Takaful" y el límite máximo de esos costos, explicó Amzazi, añadiendo que también permite determinar las modalidades de distribución de los excedentes técnicos y financieros de las cuentas del Fondo de Seguros "Takaful" entre los participantes en las operaciones de seguros de "Takaful".
El texto jurídico autoriza también a la autoridad gubernamental responsable de las finanzas a definir las condiciones generales tipo de los contratos de seguro "Takaful", así como las condiciones especiales que deben prohibirse o incluirse en dichos contratos; las modalidades de aplicación del artículo 10-5 de la Ley Nº 17.99 mencionada anteriormente sobre los contratos de seguro "Takaful"; los datos que deben incluirse en la notificación prevista en el artículo 106 de dicha ley sobre los contratos de seguro colectivo "Takaful" y los procedimientos para transferir las sumas adeudadas en virtud de los contratos de inversión "Takaful", que no han sido reclamadas por los participantes o beneficiarios de estos contratos, a la Caja de Depósito y Gestión (CDG) y los procedimientos para su recuperación, dijo el portavoz del Gobierno.