Esta medida, anunciada el lunes por la CNSS en un comunicado, es en aplicación de la ley nº 41.23 de 04/12/2023 y se refiere a la anulación de las deudas relativas a las cotizaciones, las sanciones por demora y los gastos de procesamiento, en beneficio de los profesionales, los trabajadores no asalariados y los trabajadores por cuenta propia que ejercen una actividad liberal.
Según la misma fuente, los trabajadores no asalariados que deseen beneficiarse de las disposiciones de esta medida deberán comenzar a pagar las cotizaciones adeudadas a partir de diciembre de 2023, durante el periodo de admisibilidad que va de enero de 2024 a abril de 2024.
Asimismo, deberán abonar regularmente las cotizaciones durante un periodo de doce meses consecutivos, a partir del mes siguiente al del primer pago efectuado por los trabajadores no asalariados.
El comunicado explica que los trabajadores por cuenta propia que se acojan a la cancelación estarán sujetos a un periodo de carencia para tener derecho al seguro obligatorio de enfermedad, fijado en tres meses a partir del mes siguiente al del primer pago.
La CNSS recuerda también que el pago de las cotizaciones corrientes adeudadas se efectúa a través del enlace electrónico dedicado a los trabajadores no asalariados https://www.cnss.ma/bpc-payement/assure/tns/ o a través de los puntos locales. La Caja de la Seguridad Social también ha habilitado un número de teléfono (3939) para que los trabajadores afectados puedan informarse sobre esta medida.